Explica brevemente por qué el tratamiento de datos personales es estratégico y legalmente crítico para las empresas, incluyendo riesgos de sanciones económicas, daños reputacionales y pérdida de confianza si no se cumple la normativa.
Marco legal y ámbito de aplicación
El tratamiento de datos personales por parte de empresas está regulado por un marco normativo complejo y estricto, cuya piedra angular en la Unión Europea es el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). Este se complementa con normativas nacionales, como la LOPDGDD en España, y regulaciones sectoriales específicas. Todo ello tiene como objetivo garantizar los derechos fundamentales de los ciudadanos sobre su información personal.
Ámbito del RGPD
El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) es de aplicación directa en todos los países miembros de la UE, pero también tiene efectos extraterritoriales. Es decir, cualquier empresa, esté o no establecida en la Unión Europea, debe cumplirlo si trata datos personales de personas residentes en la UE.
¿Cuándo se aplica el RGPD?
Criterio de aplicación | Descripción |
Establecimiento en la UE | Todas las organizaciones con sede en la UE están sujetas al RGPD. |
Ofrecimiento de bienes o servicios | Aunque la empresa esté fuera de la UE, si ofrece productos o servicios a ciudadanos europeos, debe cumplir el RGPD. |
Monitorización de comportamiento | Aplicable si la empresa observa o analiza el comportamiento de usuarios dentro de la UE (por ejemplo, seguimiento web o análisis de datos). |
¿Qué regula?
- Principios del tratamiento de datos (licitud, transparencia, limitación de finalidad, etc.).
- Derechos de los interesados (acceso, rectificación, supresión, oposición, etc.).
- Obligaciones del responsable y del encargado del tratamiento.
- Evaluaciones de impacto (EIPD) y medidas técnicas/organizativas de seguridad.
- Notificación de brechas de seguridad.
- Régimen sancionador con multas de hasta el 4 % de la facturación global anual.
Legislación nacional complementaria
En el caso de España, el RGPD se complementa con la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD). Esta ley:
- Adapta el RGPD al ordenamiento jurídico español.
- Desarrolla aspectos como el derecho a la intimidad en el entorno laboral, el uso de dispositivos digitales y la videovigilancia.
- Regula el tratamiento de datos de menores, estableciendo la edad mínima de consentimiento en 14 años.
- Refuerza el papel del Delegado de Protección de Datos (DPD) en entidades públicas y empresas privadas.
Otras normas relevantes:
- Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI-CE): regula el envío de comunicaciones electrónicas y cookies.
- Normativas sectoriales: como las que afectan al ámbito sanitario, financiero, educativo o laboral.
Función de la AEPD
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es el organismo encargado de:
- Supervisar el cumplimiento del RGPD y LOPDGDD.
- Imponer sanciones ante infracciones.
- Resolver reclamaciones de particulares.
- Publicar guías, herramientas y recomendaciones para empresas.
Principios fundamentales del tratamiento de datos
Desde el punto de vista jurídico, el tratamiento de datos personales debe regirse por una serie de principios esenciales que garantizan la protección de los derechos de los titulares. Estos principios no solo orientan la actuación de las empresas, sino que son exigibles y supervisados por las autoridades de protección de datos. Incumplirlos puede derivar en sanciones administrativas, civiles e incluso penales.
Licitud, lealtad y transparencia
Estos tres conceptos constituyen la base legal y ética del tratamiento de datos:
- Licitud: todo tratamiento debe tener una base jurídica válida (consentimiento, cumplimiento de un contrato, interés legítimo, obligación legal, etc.).
- Lealtad: implica actuar de forma honesta y respetuosa con los derechos del interesado, sin utilizar sus datos de manera engañosa o perjudicial.
- Transparencia: exige que el responsable del tratamiento proporcione información clara, accesible y comprensible sobre:
- Finalidad del tratamiento.
- Responsable y medios de contacto.
- Derechos del titular.
- Plazos de conservación.
- Posibles cesiones a terceros.
Ejemplo de aplicación
Información obligatoria en un formulario web de recogida de datos |
Finalidad: Envío de newsletter jurídica semanal. |
Responsable: Bufete Eduardo Castro S.L.P. |
Base legal: Consentimiento del interesado. |
Plazo de conservación: Hasta revocación del consentimiento. |
Minimización y limitación de finalidad
Una empresa solo puede recoger los datos estrictamente necesarios para cumplir la finalidad específica previamente informada. Esto supone:
- Minimización: evitar solicitar más datos de los que realmente necesita.
- Limitación de finalidad: usar los datos exclusivamente para los fines declarados al momento de su obtención.
Por ejemplo, si se recogen datos para formalizar un contrato de servicios jurídicos, no se pueden utilizar luego para enviar publicidad sin un consentimiento expreso adicional.
Exactitud y limitación del plazo de conservación
El principio de exactitud obliga a mantener los datos veraces, actualizados y completos. Si detectamos que una información es incorrecta, estamos obligados a corregirla o suprimirla.
Asimismo, el plazo de conservación debe ser proporcional y limitado. Una vez cumplida la finalidad, los datos deben:
- Ser eliminados,
- O anonimizados para usos estadísticos o históricos,
- O bloqueados si existe obligación legal de conservación por un tiempo determinado (por ejemplo, normativa tributaria o laboral).
Tabla orientativa: plazos habituales de conservación
Tipo de dato | Plazo recomendado |
Currículum vitae (no seleccionados) | 12 meses |
Documentos fiscales | 4 años (prescripción tributaria) |
Contratos mercantiles | 5 años (prescripción civil general) |
Registros de consentimiento | Mientras dure el tratamiento |
Recomendaciones clave para cumplir con la normativa
En el despacho de abogados liderado por Eduardo Castro, orientamos a las empresas a cumplir rigurosamente con la normativa en materia de protección de datos personales, tanto bajo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) como bajo la legislación nacional complementaria. Para ello, es necesario implementar una estrategia legal y organizativa transversal, integrada desde el diseño del negocio y revisada periódicamente.
Establecer bases legales adecuadas
Todo tratamiento de datos debe apoyarse en una base jurídica válida, según el RGPD:
- Consentimiento: debe ser explícito, informado, libre y específico, y recogerse de forma separada para cada finalidad.
- Interés legítimo: válido solo si se realiza una evaluación de equilibrio entre los intereses de la empresa y los derechos del interesado.
- Otras bases legales:
- Ejecución de contrato (ej. cliente/proveedor).
- Cumplimiento de obligación legal (ej. facturación).
- Protección de intereses vitales.
- Misión de interés público o ejercicio de poderes públicos.
Diseño con privacidad por defecto y por diseño
Este principio implica incorporar la privacidad desde el inicio del desarrollo de procesos o servicios:
- Privacidad por diseño: el sistema está estructurado para proteger los datos desde su concepción.
- Privacidad por defecto: solo se recogen y tratan los datos mínimos necesarios.
Ejemplos de aplicación:
- Seudonimización de datos personales en bases de prueba.
- Accesos limitados por rol (ej. departamento comercial no accede a nóminas).
- Formularios sin casillas pre-marcadas.
Redacción y publicación de políticas y avisos
La empresa debe proporcionar un aviso de privacidad claro y accesible, que contenga:
- Identidad del responsable.
- Finalidades del tratamiento.
- Base legal utilizada.
- Cesiones a terceros y transferencias internacionales.
- Plazos de conservación.
- Derechos del interesado y cómo ejercerlos.
Este aviso debe estar disponible en la web, contratos, formularios o apps.
Información y consentimiento
- El consentimiento debe recogerse antes de iniciar el tratamiento.
- Debe explicarse de forma sencilla y comprensible.
- Se debe permitir su retirada en cualquier momento, con mecanismos accesibles (enlace, email, área privada…).
Gestión de derechos ARCO (y más)
Las empresas deben establecer procedimientos internos para gestionar el ejercicio de derechos:
Derecho | Descripción |
Acceso | Obtener información sobre qué datos se están tratando. |
Rectificación | Corregir datos inexactos. |
Supresión | Eliminar datos si ya no son necesarios. |
Oposición | Impedir el tratamiento en determinadas circunstancias. |
Portabilidad | Recibir los datos en formato estructurado. |
Se deben respetar plazos legales de respuesta (generalmente 1 mes) y dejar constancia documental.
Medidas técnicas y organizativas
La seguridad es clave para garantizar la integridad y confidencialidad de los datos:
- Cifrado de información tanto en tránsito como en reposo.
- Autenticación fuerte de usuarios (doble factor).
- Copias de seguridad periódicas.
- Evaluaciones de impacto y análisis de riesgos cuando el tratamiento pueda implicar alto riesgo.
Control de acceso y formación interna
- Establecer acceso basado en roles: los empleados solo acceden a la información necesaria para su trabajo.
- Ofrecer formación obligatoria y periódica en protección de datos a todo el personal.
- Implementar protocolos de firma de acuerdos de confidencialidad.
Gestor de seguridad y responsables
- Nombramiento de un Delegado de Protección de Datos (DPD) si el tratamiento lo exige.
- Definir las funciones de:
- Responsable del tratamiento (quien decide).
- Encargado del tratamiento (quien actúa en nombre del responsable).
Gestión de incidencias y brechas de seguridad
- Establecer un protocolo documentado de actuación ante incidentes:
- Detectar y registrar la brecha.
- Evaluar su impacto.
- Notificar a la AEPD en un máximo de 72 horas, si procede.
- Informar a los afectados si el riesgo es alto.
- Realizar simulacros internos periódicos.
Contratos con encargados y transferencias internacionales
- Firmar acuerdos de encargo de tratamiento con proveedores que acceden a datos personales.
- Garantizar que las transferencias internacionales (fuera de la UE) cumplan con:
- Cláusulas contractuales tipo.
- Normas corporativas vinculantes.
- Decisiones de adecuación.
Auditorías y revisión continua
- Realizar auditorías de cumplimiento al menos una vez al año.
- Revisar:
- Registros de actividades de tratamiento.
- Medidas técnicas y organizativas.
- Documentación legal y procedimental.
- Adaptar el sistema a nuevas normativas, usos tecnológicos (como IA) o cambios organizativos.
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